
Con vigencia desde el día 1 de enero de 2009 y con el nombre de Procedimiento Europeo de Escasa Cuantía, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han articulado un nuevo procedimiento judicial, aprobado por el Reglamento (CE) 861/2007 que podrá utilizarse para la sustanciación de demandas en materia civil y mercantil, cuya cuantía no exceda de 2.000 euros.
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Entra en vigor el nuevo proceso monitorio europeo
En 2008 comienza a aplicarse el Reglamento comunitario que establece un proceso monitorio europeo, que simplificará, acelerará y reducirá los costes procesales en asuntos transfronterizos sobre créditos pecuniarios no impugnados en materia civil y mercantil.
http://www.legaltoday.com/index.php/practica-juridica/civil/comercio_internacional/entra-en-vigor-el-nuevo-proceso-monitorio-europeo
La nueva directiva sobre mediación: primeros interrogantes (I)
El pasado día 21 de mayo, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptaron la Directiva 2008/52/CE sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles. Sin esperar a la trasposición (antes del 21 de mayo de 2011), se quiere aquí, más que hacer un resumen de la Directiva, plantear algunas dudas que se desprenden de una primera lectura de la misma.
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El proceso europeo de escasa cuantía
Habitualmente, en la litigación transfronteriza se ha prescindido de los pleitos de escasa cuantía, pues los costes y dilaciones del proceso muchas veces no compensaban ante lo limitado de la cuantía litigiosa. Esto es inadmisible en la U E., donde pretendemos desarrollar un espacio de libertad, seguridad y justicia en el que esté garantizada la libre circulación de las personas. Por esta razón se ha dictado el presente Reglamento, que trata de instaurar un procedimiento rápido, barato y eficiente para los litigios transfronterizos cuya cuantía no rebase los 2000 €.
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¿Hacia un proceso monitorio sin prueba y sin límite de cuantía?
El viernes día 12/12/2008, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley para la Reforma de la Legislación Procesal. Entre los artículos afectados, se encuentra el art. 812.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, elevándose la cuantía de los créditos exigibles a través del proceso monitorio de los 30.000 a los 150.000 euros. En opinión del autor la reforma propuesta peca de excesivamente prudente y nos aleja de la deseable perspectiva de alcanzar un derecho procesal común europeo, en cuyo ámbito se ha optado abiertamente por un proceso monitorio sin prueba y sin límite de cuantía.
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El nuevo Procedimiento Monitorio Europeo
El nuevo Procedimiento Monitorio Europeo facilitará la reclamación rápida y eficiente de los créditos transfronterizos que no sean objeto de controversia jurídica
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