¡Qué lío de competencia! ¿Ante quién demando la modificación de medidas definitivas?
La modificación de medidas definitivas de divorcio en materia de régimen de visitas a los hijos es competencia de los Juzgados del domicilio del demandado o de la residencia de dichos menores, a elección del demandante, y no del Juzgado que conoció del divorcio y acordó las medidas.
http://www.legaltoday.com/index.php/opinion/blogs/blog-revista-aranzadi-doctrinal/que-lio-de-competencia-ante-quien-demando-la-modificacion-de-medidas-definitivas
miércoles, 12 de agosto de 2009
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está claro que lo que se está planteando aquí es un problema de incompatibilidad territorial, puesto que el demandado y el demandante viven en lugares diferentes, no obstante queda claro que precede la residencia del demandado a no ser que este responda a la demanda, donde el demandante la interponga.
ResponderEliminarsara