lunes, 9 de noviembre de 2009

España: el SITEL

El CGPJ: “Si alguien duda de constitucionalidad del SITEL, que lo denuncie al TC”

De Rosa puntualiza que ni él ni el órgano al que pertenece "avala ni valora la constitucionalidad de este sistema".

http://diariodenoticias.laley.es/vaps/generico/newsletter/newsletter.cfm?doc=./ne0000054697_20091105.html

9 comentarios:

  1. Estoy de acuerdo con la afirmación de De la Rosa. Creo que, siempre y cuando las escuchas por parte de SITEL sean autorizadas judicialmente, no existiría vulneración de la Constitución, siendo éstas lícitas.
    Si hubiera sospechas de que esto no es así, siempre se puede contar con el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para comprobarlo.

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  2. En este caso se está planteando la constitucionalidad de un sistema de telecomunicaciones, en la cual hay que determinar dos puntos:

    - Hasta el momento se estan realizando dichas escuchas bajo autorización judicial, tal y como exigió el CGPJ, por lo que no creo que el problema fuese tanto la constitucionalidad del sistema, sino la existencia de dichas autorizaciones.
    - Por otra parte, creo que se debe poner de manifiesto que el SITEL es un sistema contratado por el PP, que son los mismos que declaran la inconstitucionalidad del mismo.

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  3. Siendo autorizadas las escuchas y piches de telefonos con el objetivo de esclareser un problema a fondo,(Corrupcion, narcotrafico o terrorismo )estoy de acuerdo.
    Lo que no entiendo es por que tanto miedo de parte de los politicos con este sistema acaso ocultan algo?

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  5. Estamos ante una posible vulneración del derecho consagrado en el artículo 18.3 de la Constitución Española, que garantiza el derecho al secreto de las comunicaciones, aunque la ley permite la posibilidad de vulnerarlo mediante una resolución judicial.
    Por otro lado, éste derecho no habría sido vulnerado porque se han efectuado las escuchas por autorización judicial.

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  6. El sistema SITEL, debe estar regulado y bajo la supervisión y autorización de los tribunales, cualquier actuación al margen de dicha autorización, supondría una vulneración del secreto de las comunicaciones, y una desprotección de los derechos fundamentales de los ciudadanos
    José Manuel y José Antonio

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  7. Es un sistema novedoso comprado por el PP y apenas utilizado, lo cual implica incertidumbre en el alcance real en la practica que puede tener sobre los ciudadanos. Me parece adecuado que deba estar PERFECTAMENTE regulado y siempre bajo una supervision de los tribunales.
    El comprarlo no implica que debas cargar con las culpas de una mala utilizacion posterior, en el caso de que esta se haya producido.

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  8. El sistema SINTEL, mientras que esté supervisado por los tribunales no va en contrar de la Constitución ni de los Derechos fundamentales de las personas. Otra cosa sería que se produjeran unas escuchas sin el consentimiento de un juez. En ese caso sí que se estaría intromentiendo en la privacidad de los ciudadanos, pero mientras esté autorizado por un juez es claramente legal. De esta forma se puden resolver numerosos casos de forma constitucional.

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  9. Este sistema SITEL diseñado para interceptar comunicaciones telefónicas en el ámbito de investigaciones me parece muy beneficioso mientras tenga una autorización previa, por lo que en ese caso no se vería afectada la privacidad de los ciudadanos y se realizarán estas escuchas de un modo legal.

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